El 29 de febrero a las 10 de la mañana se llevará a cabo una Audiencia Pública para tratar un nuevo esquema de subsidios para usuarios del servicio eléctrico y de gas.
El Gobierno Nacional convocó a una audiencia pública, en la que presentará su propuesta para la conformación de una canasta básica energética, la que servirá de referencia para implementar un nuevo esquema de subsidios que atienda situaciones de vulnerabilidad de cada grupo conviviente.
Se llevará a cabo el jueves 29 de este mes a partir de las 10 de la mañana y todos los interesados podrán participar de la transmisión streaming que se realizará desde el canal de Youtube de la Secretaría de Energía.
En ese sentido, mediante la Resolución 8/2024 publicada en Boletín Oficial se definió que en esta audiencia se discutirán los siguientes temas:
1. La redeterminación de la estructura de subsidios vigente a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial de electricidad y gas natural, incluyendo la consideración de los subsidios destinados a aquellos usuarios que carecen de conexión a la red de gas natural
2. Su incidencia sobre el precio estacional (PEST) en el Mercado Mayorista Eléctrico (MEM), el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) y el precio del gas propano indiluido por redes
3. La readecuación del esquema de subsidios previsto en el Programa Hogares con Garrafa (HOGAR) aprobado por el Decreto N° 470 del 30 de marzo de 2015.
¿Cuál es el nuevo criterio para los subsidios?
La secretaría de la nación dejará de lado la segmentación de tarifas de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red según el nivel de ingreso de los titulares de los estos servicios, implementada en el último tramo de la administración anterior, a partir del Decreto 322 de 2022.
Siendo así, se inició un proceso de enfocar los subsidios a partir de establecer una canasta básica energética, que se determinará según la región del país y la conformación de ingresos del grupo conviviente. La propuesta oficial prevé determinar los ingresos totales del grupo conviviente y un porcentaje de ese ingreso usualmente aplicado a pagar la factura de energía.
Consecuentemente, se podrá contrastar el costo de esas cantidades con el ingreso del grupo conviviente y limitar la incidencia de ese costo a un porcentaje del ingreso, subsidiando el Estado la diferencia en aquellas situaciones de vulnerabilidad.
De esta manera, el subsidio que otorgará el Estado será el diferencial cuando el precio de la canasta básica energética supere un porcentaje determinado de los ingresos totales del grupo conviviente y no del titular del servicio como viene ocurriendo hasta la actualidad.
También se revisará la superposición de estos subsidios con los beneficiarios de planes sociales, la mayoría de los cuales -por definición- fueron categorizados como Nivel 2.